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Registro Único de Proveedores del Estado: qué es y quiénes deben inscribirse

19/03/2026

Transcripción de la columna en Radio Carve de 18 de marzo, 2026

Todos los interesados en contratar con el Estado, deben registrarse en el Registro Único de Proveedores del Estado. Para conocer los detalles del proceso de inscripción en este registro y sus implicancias, recibimos a la Dra. Valentina Viola integrante del departamento contencioso y consultoría legal del Estudio.

En primer lugar, ¿qué es el Registro Único de Proveedores del Estado?

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 523 de la Ley Nº 15.903  todos los interesados en contratar con el Estado deben inscribirse en el Registro Único de Proveedores del Estado – RUPE – a cargo de la actual Agencia Reguladora de Compras Estatales. 

Por su parte, el Decreto Nº 202/024 reglamentario de la Ley, establece en su artículo 2º que la inscripción en RUPE constituye un requisito para contratar con la Administración Pública Estatal, aplicable a todos los procedimientos de contrataciones que se realicen.

Así, el RUPE permite registrar y mantener la información actualizada de todas las personas físicas o jurídicas interesadas en contratar con el Estado.

¿Cuál es el contenido del Registro?

El RUPE contiene tanto información personal de cada sujeto inscripto como información sobre su desempeño como proveedor del Estado e inhibiciones o prohibiciones de contratar que lo afecten. 

Para solicitar la inscripción se debe presentar un formulario de solicitud con datos básicos del proveedor que incluyen la identificación de una cuenta bancaria. 

En cuanto a las personas jurídicas, se debe registrar a todos los directores y a aquellos apoderados que actuarán en nombre de la sociedad frente a la entidad estatal. 

A tales efectos, se requiere la presentación de Certificado Notarial que acredite la vigencia y representación de la sociedad, así como todos los poderes que deseen hacer valer frente a la Administración. 

La información de desempeño se compone a partir de los registros que realicen las Administraciones Públicas Estatales, comprendiendo a las sanciones que éstas hayan aplicado y revistan el carácter de firmes, así como aquella información que permita calificar el desempeño de los proveedores.

¿Cómo se realiza la inscripción?

La inscripción se realiza, en primera instancia, en línea a través de la carga de documentación e información solicitados en el portal de RUPE directamente por el interesado o un representante autorizado. 

A tales efectos, los interesados deberán crearse un usuario. Con la creación de este usuario, alcanzarán el estado “en ingreso” en el RUPE. 

Luego, la documentación original que fue subida en el portal y que acredita la información brindada, debe ser presentada en un punto de atención de RUPE. Los puntos de atención se encuentran publicados en la página web de ARCE junto con las direcciones y horarios de atención correspondientes. 

Sin perjuicio de que, recientemente el Decreto reglamentario fue modificado a efectos de permitir la inscripción en forma electrónica a través de presentación de documentos electrónicos, prescindiendo de la necesidad de presentar los originales en puntos de atención presencial, esto aún no ha sido implementado. 

Una vez que se verifica que la documentación cargada se corresponde con la original exhibida, dicha documentación es estudiada y validada por los escribanos del organismo al que se le proveerán servicios o productos. 

Cuando toda la documentación e información es validada el proveedor alcanza el estado “activo” en RUPE, finalizando así su registro. 

¿Es necesario estar registrado en “estado activo” para participar en procesos licitatorios?

Es importante destacar que, sin perjuicio de que depende del proceso licitatorio concreto, en general los pliegos de condiciones particulares establecen como requisito mínimo para participar como oferente encontrarse registrado en RUPE al menos en estado “en ingreso”.

Sin embargo, quien resulte adjudicatario deberá finalizar el registro alcanzando el estado “activo” para poder avanzar con la contratación.

¿Cuál es la implicancia del registro de sanciones aplicadas a los proveedores en RUPE? 

De acuerdo con lo dispuesto en el Decreto reglamentario, las sanciones registrables en el RUPE que resulten aplicables frente a infracciones cometidas por un proveedor son: la advertencia, la suspensión, la eliminación del infractor como proveedor del organismo sancionados, la ejecución de la garantía de mantenimiento de oferta o de fiel cumplimiento del contrato y las multas. 

La suspensión o eliminación de un proveedor registrada en el RUPE tiene vigencia en el ámbito de autoridad de quien emita la resolución correspondiente. En el caso de la suspensión o eliminación resuelta por una Administración Pública Estatal, ARCE podrá hacerla extensiva para todos los organismos contratantes. Los proveedores suspendidos o eliminados no podrán suscribir nuevos contratos en el ámbito alcanzado por la resolución.

El registro de sanciones es importante en virtud de que, según lo previsto en el artículo 20 del citado Decreto, las sanciones registradas en RUPE deberán considerarse como antecedente para futuras contrataciones al momento de evaluación de las ofertas durante diversos plazos que van desde 12 meses, en el caso de la advertencia, hasta los 10 años, en el caso de la eliminación.

Escuchá la columna completa aquí.

Autora

Dra. Valentina Viola