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Proyecto Normativo: actualización de la Recopilación de Normas del Sistema de Pagos.

18/04/2024

Transcripción de la columna en Radio Carve del 17 de abril, 2024

El pasado 22 de marzo de 2024, el Banco Central del Uruguay puso a disposición de las instituciones supervisadas y del público general un proyecto normativo con el propósito de actualizar la Recopilación de Normas del Sistema de Pagos para adecuarla a la realidad del mercado y las necesidades de sus participantes.

Hoy vamos a hablar con la Doctora Marina Jiménez de Aréchaga del Estudio Posadas, quien nos va a comentar sobre el motivo de este Proyecto, así como los cambios más relevantes que introducirá a la normativa actual. 

¿Cuáles son los motivos que impulsaron ajustar la normativa actual?

En respuesta a tu consulta, la Gerencia de Sistema de Pagos del Banco Central comunicó a través de este Proyecto que, desde hace más de una década, el Sistema Nacional de Pagos y en particular el sistema de pagos minorista, atraviesa un proceso de modernización, tanto en lo que refiere a sus procesos operativos como al elenco de instrumentos y actores que participan en la cadena de pagos. 

Adicionalmente, el Banco Central sostuvo también que, a raíz de los avances tecnológicos instrumentados tanto a nivel nacional como internacional, los propios participantes del mercado se encuentran en un proceso de búsqueda continua de nuevas alternativas que generen mejoras para el mercado, tanto a nivel de reducción de costos, rapidez, usabilidad y seguridad. 

Es por ello que, con la finalidad de favorecer un sistema de pagos sólido, eficiente, innovador y accesible, el BCU dispuso necesario emitir normas reglamentarias que acompañen estos cambios, que sean transparentes, y sobre todo mantenerlas actualizadas. En consecuencia, se consideró oportuno proponer ciertos cambios regulatorios al sistema generan al Sistema Nacional de Pagos.

Algo relevante para resaltar, es que, al tratarse de un proyecto normativo, el BCU abrió la posibilidad de recibir comentarios al Proyecto hasta el 12 de abril. Es importante resaltar la relevancia de esta instancia, ya que permite a los usuarios y los sujetos alcanzados por el ámbito subjetivo de esta norma comentar y realizar sugerencias a la propuesta del BCU. 

¿Cuáles son los ajustes que se proponen a la Recopilación de Normas del Sistema de Pagos?

Tal como se mencionó anteriormente, el Proyecto pretende introducir cambios a la regulación ya existente en materia de sistema de pagos. Por lo que vamos a pasar a comentar cuáles son los ajustes principales que el Banco Central entiende necesarios realizar. 

Uno de los primeros cambios que me parece necesario resaltar, refiere a los ajustes en materia de sanciones previstas en la norma. 

En este sentido, cabe destacar que el Proyecto no realiza ajustes a las sanciones que hoy en día se encuentran previstas y son aplicables a las entidades participantes del Sistema de Pagos. 

Dicho esto, se propone modificar el artículo 53 de la Recopilación, aplicable a todas las instituciones supervisadas, indicando que el elenco de sanciones ya previstas por este artículo (que incluyen observaciones, apercibimientos, multas de hasta UI 1.000.000, suspensiones totales o parciales y revocaciones temporales o definitivas de las autorizaciones) serán aplicables no solo a las infracciones que se realicen a las disposiciones de la Recopilación, sino también a las infracciones realizadas a normas generales e instrucciones particulares dictadas por el Banco Central. 

Adicionalmente, se incorpora el artículo 53.1 que prevé que el Directorio del BCU o la Gerencia de Sistema de Pagos podrá, en forma debidamente fundada, disponer la aplicación de otras sanciones de las mencionadas y aumentar o disminuir la cuantía o importancia de las mismas.

¿El Proyecto propone cambios a algunas de las licencias ya existentes?

El Proyecto propone ajustes a las Instituciones Emisoras de Dinero Electrónico (“IEDE”). Las IEDE son justamente instituciones que emiten dinero electrónico. El dinero electrónico es en términos sencillos una forma de representar el dinero en efectivo, por ejemplo, mediante tarjetas prepagas, billeteras electrónicas o instrumentos similares. Una IEDE para funcionar previamente y desarrollar esa actividad, deberá obtener autorización previa del Banco Central. 

Dicho esto, el Proyecto propone modificar varias disposiciones aplicables a las IEDE, como por ejemplo el artículo 114.8 de la RNSP relativo a la actualización de la información sobre clientes y el 114.35 de la RNSP correspondiente al resguardo de la información. Asimismo, se incorpora una disposición que prevé que las IEDE deberán conservar determinada información, como los libros sociales originales o los soportes de información que contengan su reproducción hasta el cumplimiento del plazo de 20 años. Adicionalmente, se dispone que el resto de la documentación vinculada con la operativa de las IEDE deberá mantenerse por un plazo no menor a 10 años.

Otros de los cambios importantes que se introducen, refieren a las actividades de los procesadores y adquirentes, otras dos figuras que se encuentran sujetas al control y supervisión del Banco Central. Básicamente, la propuesta normativa apunta a detallar los requisitos de información mínima que se debe presentar ante la Gerencia del Sistema de Pagos para obtener de obtener la autorización para desarrollar las actividades de procesador y adquirente. 

Estos son solo algunos de los cambios que introduce el Proyecto a la Recopilación de Normas del Sistema de Pagos. Sin embargo, la propuesta apunta también a realizar ajustes en la normativa a nivel de procedimientos de atención de reclamos, ajustes a las obligaciones aplicables a los Prestadores de Servicios de Pagos y Cobranzas (otra licencia supervisada por el BCU), y ajustes a las definiciones y exigencias que deberán adoptar las instituciones supervisadas en materia de gobierno corporativo.

Todos aquellos que quieran conocer más información sobre el Proyecto, podrán consultarlo en la página web del Banco Central.   

Escuchá la columna completa aquí.

Autora

Dra. Marina Jiménez de Aréchaga