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Lineamientos salariales para los Consejos de Salarios

04/07/2025

Transcripción de la columna en Radio Carve de 09 de julio, 2025

El pasado jueves 3 de julio el Poder Ejecutivo presentó en el Consejo Superior Tripartito los Lineamientos o Pautas salariales para la 11ª Ronda de los Consejos de Salarios, que abarca a 166 mesas de negociación que comienzan a negociar ahora en julio y 19 mesas más que negociarán a comienzos del año próximo, abarcando aproximadamente 750.000 trabajadores de la actividad privada.

Según el documento que se entregó a las Cámara empresariales y la Central Sindical, los porcentajes de aumentos salariales propuestos buscan priorizar y aumentar el poder adquisitivo de los trabajadores de bajos ingresos, que de acuerdo con los Lineamientos serían los que perciben menos de $ 38.950 nominal por mes, así como no afectar el nivel de empleo actual.

El documento plantea que el sistema de ajustes propuesto fue elaborado teniendo en cuenta los complejos desafíos internos, regionales e internacionales que tiene el país en materia económica, sobre todo en el plano de la competitividad y el crecimiento, indicando que el objetivo es alcanzar la justicia social, pero respetando el equilibrio fiscal, el control de la inflación y la sostenibilidad de las empresas.

Para conocer el contenido de las Pautas conversamos desde este momento con el Dr. Alejandro Castello del Estudio Posadas.

1.- Antes de analizar las Pautas presentadas por el Gobierno, quizás sería conveniente recordar a los oyentes qué son y qué funciones cumplen los Consejos de Salarios.

Los Consejos de Salarios son comisiones tripartitas integradas por 7 miembros: 3 delegados del Poder ejecutivo, 2 delegados del sector empresarial y 2 delegados de los trabajadores, que adoptan por mayoría simple decisiones conocidas como “laudos”, que fijan categorías laborales, salarios mínimos y aumentos porcentuales de retribuciones en el sector privado.

Además, si existe acuerdo entre trabajadores y empleadores, se pueden incorporar en los laudos condiciones de trabajo y empleo, como, por ejemplo, compensaciones, beneficios, incentivos, regulación de horarios de trabajo y descansos. También se suelen incorporar mecanismos de prevención y solución de conflictos colectivos y prerrogativas o facilidades para los sindicatos.

Es importante recordar además que los Lineamientos son sugerencias del Gobierno sobre los porcentajes de aumentos, duración de los convenios, etc. No son obligatorios para las cámaras empresariales y sindicatos, pero en la enorme mayoría de los casos se adoptan esas recomendaciones. De allí las importancia política y práctica que tiene el documento.

2.- ¿Qué duración se propone para los futuros laudos o convenios sectoriales?

En este punto se mantiene el criterio de las últimas Rondas de Consejos de Salarios: aprobar laudos o convenios sectoriales con una duración de 2 años (julio 2025-junio 2027). 

3.- ¿Cuál es el sistema de ajustes que plantea el Gobierno en el documento entregado la semana pasada?

En cuanto a la periodicidad de los ajustes el documento tampoco tiene sorpresas: recomienda que los ajustes sean semestrales (julio 25, enero 26, julio 26 y enero 27). Hace varios años se abandonó el sistema de ajustes anuales, pese a que la inflación actual es baja en consideración a la media tradicional de nuestro país, que ha estado entre 7 y 9%

Sin dudas la novedad mayor es respecto a la diversificación de porcentajes según el nivel de ingresos de los trabajadores.

En concreto, el Gobierno propone crear tres franjas salariales según el nivel de ingresos nominales del trabajador, a saber:

Franja 1: ingresos hasta $ 38.950 que representaría el 30% de los trabajadores abarcados por esta Ronda de Consejo de Salarios

Franja 2: ingresos desde $ 38.951 hasta $ 165.228 que comprendería aproximadamente el 64% de los trabajadores.

Franja 3: ingresos desde $ 165.229 en adelante que representaría el 6% de los trabajadores.

El documento entregado no aclara qué partidas remunerativas, además del sueldo o jornal, se tomarían en cuenta para determinar en qué franja se ubica el trabajador.

Ese punto se iba a determinar en la tarde de hoy en una nueva reunión del Consejo Superior Tripartito.

4.- ¿Qué porcentajes de incremento se proponen para cada franja salarial?

Tabla de Incrementos semestrales según franja de ingresos:

Mes y añoFranja 1Franja 2Franja 3
Jul-253,3%2,5%1,6%
Ene-263,6%3,3%2,9%
Jul-262,8%1,9%1,7%
Ene-273,5%3,2%2,7%

Para no aburrir al oyente con muchos números, sintéticamente puede decirse que para la primera franja (hasta $ 38.950 nominal), se plantean ajustes que totalizan un 7% de aumento para el primer año y un 6,4% para el segundo año.  

Para la segunda franja los ajustes semestrales acumulan un aumento de 5,9% para el primer año y de 5,2% para el segundo año. 

Para la tercera franja los aumentos acumulados son los menores: para el primer año el ajuste total es de un 4,6% y para el segundo año de 4,5%.

5.- ¿Con estos ajustes cómo se espera que evolucione el salario real en estos dos años próximos?

El Gobierno prevé una inflación anual del 4,5%. Si no existen desviaciones significativas entonces los trabajadores de la primera franja, que como se dijo serían el 30%, tendrían un crecimiento de aproximadamente un 5% al final del período. La franja media tendría un crecimiento más moderado, de entorno al 2,5% mientras que la franja alta no tendría crecimiento.

Durante los últimos meses se habló mucho en los medios sobre la pretensión del MEF de ir hacia una política de desindexación salarial, mientas que el MTSS estaba totalmente en contra y postulaba un crecimiento del salario real. 

Parecería que estas Pautas son una síntesis de las dos líneas de pensamiento. Es evidente que hubo una transacción entre ambas visiones.

6.- ¿Qué sucede si la inflación se dispara y aleja del rango meta del 4,5%?

En los Lineamientos se establece la posibilidad de aplicar un “Correctivo” si la inflación se acelera y es superior a la proyectada.

Este mecanismo, que funciona como una salvaguarda a favor de los trabajadores, ya se ha propuesto y aplicado en las Rondas pasadas.

El documento establece que el Correctivo tendría dos particularidades.

La primera es que se prevé solo para la primera y segunda franja. Para la tercera franja no se prevé ningún ajuste complementario si la inflación se dispara.

La segunda es el tipo de IPC que se tomaría en cuenta. Para el primer año de vigencia del laudo se observaría la denominada inflación subyacente, que excluye los rubros con precios que son más volátiles. Para el segundo año, que es cuando termina la vigencia del laudo o convenio, se consideraría la inflación real total sin exclusiones. 

7.- ¿Se propone abordar otros temas en los Consejos de Salarios?

Sí, el documento presentado propone a las Cámaras empresariales y organizaciones sindicales que en la negociación consideren incorporar cláusulas que aborden temas tales como, por ejemplo, igualdad y no discriminación, salud mental, licencias especiales, formación profesional, turismo social, salud y seguridad en el trabajo, mecanismos de prevención y solución de conflictos, entre otros.

Sobre este punto es importante mencionar que el Gobierno no incluyó el tema de la reducción de la semana laboral, que ha sido un objetivo o meta planteado por las autoridades del MTSS en innumerables reportajes y entrevistas. Es evidente que ese tema no está todavía pulido y consensuado en la interna del Gobierno.

8.- ¿Finalmente, ¿cuál es el posible posicionamiento de los actores sociales sobre los Lineamientos?

Hasta ahora hemos visto bastante cautela tanto de la Central Sindical como de las Cámaras. Las organizaciones sindicales han dicho que no van a aceptar que haya pérdida salarial en ninguna franja y que van a solicitar que haya un Correctivo por inflación para todos. 

Probablemente también la Central Sindical vaya a plantear el tema de la reducción de la semana laboral como parte de su plataforma reivindicativa, aunque su concreción sea poco factible en este contexto.

En cuanto a las Cámaras empresariales han manifestado que los aumentos salariales para la primera franja son altos y pueden afectar a las pequeñas y medianas empresas, sobre todo las que tienen una actividad basada en uso intensivo de mano de obra. También han dicho que las cláusulas “no salariales” que el Gobierno propone abordar, en rigor también tienen impacto económico y en los costos, aunque el documento las rotule como “no salariales”.

Este enfoque ha sido el sustentado por algunos economistas en los últimos días, haciendo hincapié en que el contexto mundial es desafiante y las empresas no tienen margen para absorber nuevos costos.

En suma, las pautas nunca dejan contento a nadie, pero la historia de los últimos 20 años ha demostrado que son un insumo fundamental para los negociadores y han significado un aumento del poder adquisitivo bastante razonable para las características de nuestro mercado de trabajo.

Escuchá la columna completa aquí.

Departamento Laboral de Posadas: Alejandro Castello, Mariana Fernández, Gonzalo Gari, Florencia Novaretto, Gisella Tejera