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Licencia y salario vacacional

29/12/2021

Transcripción de la columna en Radio Carve de 27 diciembre, 2021

Al igual que todos los años, diciembre se trata de un mes en el que surgen consultas recurrentes en relación con el tema licencia y salario vacacional.
Es por ello que a los efectos de tener claras las implicancias de estos temas para trabajadores y empleadores, es que recibimos a la Dra. Florencia Novaretto, del Departamento Laboral del Estudio Posadas.

Nos gustaría saber en primer lugar de qué hablamos cuando nos referimos a Licencia y Salario Vacacional.
La Licencia es un período de descanso especial remunerado al que tienen derecho todos los trabajadores dependientes.
Y el Salario Vacacional es un monto que se paga a los trabajadores para el mejor goce de su licencia, equivalente al 100% del salario o jornal neto de licencia.

¿Cómo se genera y cuando se goza la licencia?
El principio básico es que por cada año completo de trabajo se tiene derecho a un período de vacaciones de 20 días continuos, que deben gozarse dentro del año inmediato siguiente al período en que se generó.
En esta materia siempre que hablamos de año, nos referimos al año civil, del 1° de enero al 31 de diciembre.
La licencia se genera en proporción al tiempo trabajado entre el 1° de enero y el 31 de diciembre. Si en el año civil se trabajaran menos de 12 meses no le corresponden 20 días de licencia sino proporcionalmente menos.
Debe tenerse presente que por cada mes de trabajo se generan 1,66 días de licencia.
Al quinto año de trabajo, se genera un día más de licencia por cada cuatro años de antigüedad. El día adicional se adquiere a partir del quinto año.
Esta prohibido que el trabajador renuncie a este derecho o los sustituya por dinero.

¿Cómo se computa la licencia?
La licencia se extiende por 20 días continuos y dentro de ellos no se incluyen los feriados ni los domingos, pero sí los días sábados, que se cuentan como parte de la licencia aunque el resto del año sea libre.

Muchas empresas no consideran los sábados a efectos del cómputo de la licencia, haciéndolo de ese modo como un beneficio a los trabajadores, porque la ley indica que los sábados se computan.

¿Cómo se fija la fecha de la licencia?
La norma dispone que el período de licencia debe definirlo el empleador previa consulta con los trabajadores, teniendo en cuenta las exigencias del trabajo y las oportunidades de descanso y distracción de que pueda disponer el trabajador.
Si las partes no se ponen de acuerdo, la diferencia podrá ser sometida al MTSS.

¿Puede fraccionarse el período de licencia?
Puede fraccionarse siempre que exista un convenio colectivo al respecto. La regla es que la licencia son 20 días continuos, pero la ley permite que se fraccione en dos periodos de 10 días a través de un convenio colectivo.
El acuerdo de fraccionamiento de la licencia debe presentarse al MTSS.

¿Cuál es la oportunidad de pago del salario vacacional?
La normativa dispone que se debe abonar antes del inicio de la licencia, y esto tiene sentido porque se trata de una suma para el mejor goce de la licencia, y en caso de fraccionamiento de la licencia se abonará en proporción a los días de licencia en cada período.

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