Transcripción de la columna en Radio Carve de 13 de julio, 2022
Recientemente, el Poder Ejecutivo reguló la certificación oficial de los productos orgánicos. Para conversar sobre este tema de tanta actualidad, recibimos a la Dra. Magdalena Cuñarro integrante del departamento de derecho corporativo del Estudio Posadas.
En primer lugar, ¿qué se está regulando?
Bueno, el Poder Ejecutivo, mediante el Decreto Nº 175/022 reguló la certificación de los productos agropecuarios orgánicos, de agricultura orgánica y producción integrada, de forma de asegurar que sean producidos, elaborados, acondicionados, envasados, identificados, certificados y comercializados de acuerdo con ciertos requisitos.
Si bien existía normativa -que ahora fue derogada-, según surge del nuevo Decreto, el Poder Ejecutivo entendió pertinente actualizar el marco regulatorio vigente en materia de Producción Orgánica e Integrada, adaptándolo a las características actuales de los sistemas de producción.
¿Cómo se regula?
Este Decreto crea el que denomina “Sistema Nacional de Certificación de la Producción Orgánica y de la Producción Integrada” que es de adhesión voluntaria, pero sólo quienes se hayan adherido formalmente al Sistema y cumplan con las normas podrán usar en la rotulación, identificación o denominación de los productos que comercializan, las expresiones “orgánicos” o sus equivalentes tales como “ecológicos” o “biológicos” así como la denominación “integrada”.
Es decir, la norma prohíbe identificar como “ecológico”, “orgánico”, “biológico” así como utilizar prefijos “bio” o “eco” en la rotulación, etiquetado o cualquier otro tipo de identificación, a aquellos productos que no cumplan con la certificación.
¿Cómo se obtiene la certificación del producto? ¿A cargo de quién estará la certificación?
La certificación es el procedimiento por el cual se da seguridad por escrito que un proceso claramente identificado ha sido verificado metódicamente de tal manera de brindar adecuada confianza y que los productos especificados cumplen determinadas normas.
Esto busca garantiza a los consumidores que los productos cumplen con los requerimientos para denominarse orgánicos.
En cuanto a quién otorga la certificación, el Decreto creó el Registro Nacional de Entidades Certificadoras de la Producción Orgánica y de la Producción Integrada, en el cual deberán inscribirse todas las empresas que pretendan certificar productos provenientes de la producción integrada u orgánica. Además, una vez inscripta en el Registro, la Entidad Certificadora deberá obtener la habilitación correspondiente del Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca.
Entonces, toda persona física o jurídica que pretenda certificar los productos regulados por el presente Decreto deberá presentarse ante estas entidades certificadoras, acreditando el cumplimiento con las disposiciones técnicas que determine el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.
Vale distinguir que en el caso de productos importados para ser reconocidos como orgánicos deberán acreditar su condición mediante la presentación de documentación emitida por la autoridad competente del país de origen u organismo de certificación habilitado por ésta y demostrar equivalencia a lo establecido en las normas técnicas oficiales o estándares de referencia que se establecen acá en Uruguay.
El Decreto deja algunos puntos abiertos…
Sí, es importante tener presente que aun quedan cuestiones por definir y la norma prevé que ciertos aspectos, requisitos, procedimientos y formalidades sean determinados o especificado spor El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca que es el organismo competente en la materia, encargado de instrumentar las disposiciones de la normativa vigente y fiscalizar su efectivo cumplimiento.
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