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Resolución 709/025

22/09/2025

El pasado 4 de agosto de 2025, mediante la Resolución 709/025, se aprobaron los nuevos requisitos e instructivo correspondiente a la “Solicitud de Fraccionamiento de Padrones Rurales” ante la Dirección General de Recursos Naturales (DGRN).

A partir del 8 de setiembre de 2025 el ingreso del trámite se realizará exclusivamente a través del Sistema Digital de Fraccionamientos.

Para ingresar al sistema se deberá contar con un usuario de “gub.uy” (identificación digital) y un usuario registrado ante el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca a través del Registro Único de Entidades (REUNE).

El link de ingreso al sistema de Fraccionamientos es el siguiente:

https://app.mgap.gub.uy/visor_fraccionamiento/login

A los efectos de presentar la solicitud de fraccionamiento de padrones rurales, el sistema cuenta con cuatro etapas principales: 

  • “Crear el fraccionamiento”, donde se ingresan los datos administrativos del fraccionamiento y se agrega la información del padrón a fraccionar/reparcelar.
  • “Fracciones”, en la cual se deben cargar los datos de la fracción y el plano.
  • “Presentación”, una vez completados los pasos anteriores ya es posible presentar el fraccionamiento.
  • “Pago”, el que se realizará en línea y una vez culminado, el sistema devolverá la confirmación del pago. El fraccionamiento queda pendiente de pago hasta tanta no se pague el timbre profesional, el mismo se realiza ingresando a la información del fraccionamiento, se seleccionan los tres puntos del menú, desplegándose la opción “Pagar Timbre”.

El sistema también permite exportar fracciones y si el fraccionamiento se encuentra en estado de edición se podrá modificar o inclusive eliminar.

Una vez que el Fraccionamiento fue creado, ya sea que se encuentre en estado de edición o presentado, podremos acceder a un reporte del mismo en formato PDF.

Autora:

Esc. Alfonsina Palumbo