El Decreto del Poder Ejecutivo N°13/025 reglamenta el artículo 40 de la Ley N° 20.075 que previó la potestad del Poder Ejecutivo -con el asesoramiento de la Agencia Reguladora de Compras Estatales y previo dictamen del Tribunal de Cuentas- de crear un régimen de sistemas dinámicos de adquisición para las contrataciones de bienes, servicios u obras de uso corriente de las administraciones públicas.
Este régimen prevé un procedimiento de contratación que consiste en dos etapas. La primera implicará la confección de una nómina de proveedores precalificados para proveer bienes, servicios u obras de determinadas categorías, mientras que en la segunda etapa se celebrarán contratos específicos con los proveedores previamente admitidos en la nómina.
Para la primera etapa, esto es, para la conformación de la nómina de proveedores, se prevé una convocatoria en el sitio web de Compras Estatales a interesados precalificados para proveer bienes, servicios u obras de determinadas categorías, según el Pliego de Condiciones correspondiente, en el que se definirá el objeto, identificando las categorías de bienes, servicios u obras, los requisitos para la presentación de propuestas, así como los criterios para la incorporación a la nómina, entre otros. Los proveedores interesados, presentar sus ofertas para integrar la nómina. Se estudiarán las solicitudes y se adjudicarán las propuestas que se ajusten a las exigencias del pliego, ingresando los proveedores respectivos a la nómina del Sistema Dinámico de Adquisición.
Así, en el sitio web de Compras Estatales se encontrarán las nóminas de proveedores precalificados y sus respectivas condiciones de contratación. Los proveedores precalificados tendrán el derecho a ser convocados en los llamados a contrataciones específicas que realicen las administraciones públicas estatales o las personas públicas no estatales, según sea el caso.Por su parte, la segunda etapa del procedimiento tiene como objetivo la celebración de los contratos específicos en el marco del Sistema Dinámico de Adquisición. Tal selección se efectuará mediante proceso competitivo, donde se convocará a los integrantes de la nómina de proveedores precalificados. La forma de provisión del bien o prestación del servicio u obra y la selección en esta etapa se realizará en base a los términos previstos en el pliego, pudiendo complementarse con especificaciones adicionales en el contrato específico.
Autora:
