Todo empleador (con excepción de empleadores de servicio doméstico) se encuentra obligado a constituir Domicilio Electrónico y suscribirlo ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y en caso de incumplimiento será pasible de una multa de 10 UR, la que podrá duplicarse si subsiste el incumplimiento.
¿Qué es un DOMEL?
El DOMEL es una plataforma digital, en donde las empresas reciben y almacenan todas las notificaciones oficiales de la Administración Pública. Las notificaciones, tienen la misma validez y eficacia jurídica que aquellas comunicaciones efectuadas por otros medios convencionales.
Al DOMEL constituido ante el MTSS se notificaran las citaciones a audiencias de conciliación en el MTSS y todas las comunicaciones en el marco de expedientes ante dicho organismo
¿Es posible ser notificados de una citación a audiencia por otros medios? En casos en que no sea posible notificar la citación a través del sistema DOMEL, el MTSS podrá utilizar cualquier otro medio idóneo para realizar la notificación (ej. domicilio físico)
¿Qué se necesita para constituir y suscribir el DOMEL ante MTSS?
- Designar un representante legal de la empresa, que cuente con Usuario gub.uy
- Realizar una etapa web, en donde será necesario completar un formulario electrónico
- una etapa presencial, en donde se debe comparecer y presentar ante las oficinas del MTSS la documentación que recibirá luego de realizar la etapa web, firmada por el representante legal junto un certificado notarial que acredite la representación.
Dato a tener presente: La etapa (iii) presencial, no será necesaria para aquellas empresas que ya cuentan con una cuenta de DOMEL activa, suscripta ante otros organismos públicos y que quieran mantener el mismo representante legal. Quienes se encuentren en esta situación, sólo deberán realizar la etapa web.
Por mayor información contáctate con nuestros expertos en el tema dptolaboral@ppv.com.uy