El pasado 9 de noviembre fue aprobado el decreto 353/023, que tiene por finalidad regular la simplificación de trámites ante entidades públicas, adoptando las mismas los procedimientos más sencillos para los interesados.
De conformidad con ello bajo el nuevo decreto se dispuso, entre otras cosas, lo siguiente:
- Intercambio de información.
Las entidades públicas deberán:
- No solicitar certificados, constancias, testimonios o similares cuando la información contenida en estos pueda obtenerse a través del acceso a sistemas informáticos de otras entidades, o a servicios provistos por estas a través de la plataforma de interoperabilidad.
- Para el caso de información pública o privado autorizada por su titular, disponible en medios electrónicos, la misma deberá ser proveída por las entidades a través de servicios incorporados a la plataforma de interoperabilidad.
2. Actualización y revisión de la información.
Asimismo, se dispone que las entidades públicas deberán mantener actualizada la información disponible de sus trámites y servicios, y en ningún podrá exigirse a las personas requisitos adicionales a los publicados, ni documentación que pueda obtenerse por los mecanismos antes mencionados.
Autoras:
Dras. Malena Máspoli y Sofía Bartaburu