En febrero de 2023, el Poder Ejecutivo promulgó el Decreto Nº 55/023, mediante el cual se actualizaron las condiciones requeridas para el ingreso de los extranjeros al país. En virtud de dicho decreto, quedaron derogadas todas las disposiciones sanitarias que establecían exigencias de ingreso al país, dictadas en el marco de la emergencia nacional sanitaria por COVID-19. Sin perjuicio de ello, mediante el artículo 1º de dicho Decreto se dispuso que los extranjeros que pretendieran ingresar al país, deberían contar con cobertura de salud o seguro médico.
En forma posterior, en marzo del presente año, se publicó el Decreto 58/023, exceptuándose de la obligación de contar con cobertura de salud o seguro médico a los extranjeros que acrediten casos de: (a) protección internacional de conformidad con la Ley de Refugiados (Ley 18.706); o (b) reunificación familiar según lo dispuesto en el art. 10 de la Ley de Refugiados, o situaciones humanitarias.
Actualmente, y en vista de que ya no existe declaración de emergencia sanitaria en nuestro país, con fecha 16 de junio de 2023, mediante el Decreto 176/023, el Poder Ejecutivo resolvió derogar la obligación para los extranjeros de contar con cobertura de salud y/o seguro médico para ingresar a Uruguay.
Autoras:
Dras. Malena Máspoli y Sofía Bartaburu