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Actualización del régimen ambiental de plantaciones forestales

01/08/2025

El 13 de enero de 2025, mediante el Decreto 03/025, se modificaron los artículos 2, 9, 11 y 12 del Decreto Nº 405/021, actualizando el régimen ambiental aplicable a las plantaciones forestales.  

Así, se determina cuándo corresponde el registro de proyectos forestales ante la Dirección Nacional de Calidad y Evaluación Ambiental (en adelante, la “DINACEA”) y en qué casos se debe obtener una autorización ambiental. Asimismo, se definen conceptos relevantes como “terreno forestal”, “nueva plantación forestal” y “suelo ya forestado”. 

El nuevo Decreto Nº 03/025 modifica el literal a) del artículo 9 del Decreto Nº 405/021 para aclarar que también se consideran “terrenos forestales” aquellas plantaciones que hubiesen presentado su plan de manejo forestal al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca antes del 31 de diciembre de 2005. 

Por otra parte, el nuevo decreto introduce una distinción entre lo que se consideran nuevas plantaciones forestales y aquellas plantaciones que se realizan en suelos ya forestados (sin cambio de uso de suelo). En este sentido, se modifica el artículo 11 del Decreto Nº 405/021, otorgando una nueva definición al concepto de “nueva plantación forestal”. Ahora una “nueva plantación forestal” refiere exclusivamente a la acción de plantar con especies forestales en suelos que no tienen usos forestales previos. 

El Decreto Nº 03/025 también modifica los artículos 2 y 12 del Decreto Nº 405/021, para aclarar las exigencias que existen para cada una de las clases de plantaciones forestales (siempre que sean de más de cien hectáreas en un establecimiento o unidad de producción). Tanto las nuevas plantaciones forestales como las plantaciones forestales en suelos ya forestados requieren de una inscripción en el registro de la DINACEA. Sin embargo, mientras las nuevas plantaciones forestales requieren de una autorización ambiental previa, las plantaciones forestales en suelos ya forestados requieren de una autorización ambiental especial. 

Para más información sobre este asunto, a continuación, adjuntamos el link al Decreto:  https://www.impo.com.uy/bases/decretos/3-2025

Autoras: Dras. Magdalena Cuñarro y Paulina Cassoni