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Aprobación del Plan Nacional de Eficiencia Energética y Creación del Consejo Nacional de Eficiencia Energética

22/05/2026

El 15 de abril de 2026 se aprobó mediante el Decreto Nº 78/026 el Plan Nacional de Eficiencia Energética que va a regir en el período 2025 – 2035 en el marco de la Ley Nº 18.597 de Uso Eficiente de la Energía que declara de interés nacional el uso eficiente de la energía. 

Este Plan, según surge de sus propios términos, traza el camino que se deberá recorrer durante los próximos años para lograr un país energéticamente más eficiente y sostenible. El Plan implementa medidas para los siguientes sectores: residencial, movilidad, industria, comercial y servicios (incluido el sector público), sector primario y educación. Algunos de los objetivos principales del Plan son: (i) potenciar el acceso al financiamiento y asegurar fuentes de financiamiento (como el Fideicomiso Uruguayo de Ahorro y Eficiencia Energética), (ii) priorizar regulaciones clave (como códigos de construcción, estándares mínimos de desempeño energético y etiquetado, gestión de demanda y compras públicas eficientes), (iii) implementar un sistema interinstitucional de Monitoreo, Reporte y Evaluación basado en la herramienta de Base de Indicadores de Eficiencia Energética, para monitorear y evaluar los avances del Plan.

Por otra parte, el Decreto Nº 78/026 crea el Consejo Nacional de Eficiencia Energética. Este estará conformado por representantes del Ministerio de Industria, Energía y Minería, del Ministerio de Ambiente, del Ministerio de Economía y Finanzas, del Ministerio de Educación y Cultura, del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, del Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial y de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. 

Se comete al Consejo Nacional de Eficiencia Energética las siguientes tareas: (i) asegurar el compromiso, involucramiento, apoyo y alineación con el Plan Nacional de Eficiencia Energética al más alto nivel político y técnico; (ii) fortalecer la coordinación interinstitucional para la implementación del Plan Nacional de Eficiencia Energética; (iii) determinar la necesidad de recursos para la implementación del Plan Nacional de Eficiencia Energética; y (iv) realizar el monitoreo, reporte y evaluación de la implementación del Plan Nacional de Eficiencia Energética.

Para más información sobre este asunto, a continuación, adjuntamos el link al Decreto: https://www.impo.com.uy/bases/decretos/78-2026

Autoras: Dra. Magdalena Cuñarro y Paulina Cassoni.